Inicio de la campaña de Declaración y Pago de Tributos
La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en la capital informa que la campaña de declaración y pago de tributos 2019 comenzó el día 8 de enero de 2019, esta incluye el pago de Impuestos sobre Ingresos Personales, Impuestos sobre las Utilidades, declaración de Ingresos No Tributarios, así como el pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre y sobre la Propiedad o Posesión de Embarcaciones, que grava la Ley Tributaria No. 113 del año 2012, correspondiente a Personas naturales y Personas Jurídicas.
¿Quiénes están Obligados al pago de estos tributos y en qué períodos se realizan?
Impuesto sobre Ingresos Personales / Del 8 de enero al 30 de abril.
Los Trabajadores por Cuenta Propia que pertenezcan al Régimen General de Tributación, el Sector Artístico, Diseñadores y Comunicadores Sociales, así como Personas Naturales que laboran en sucursales extranjeras y que hayan recibido gratificaciones.
Impuesto sobre las utilidades / Del 8 de enero al 31 de marzo.
Las Personas Jurídicas cubanas y extranjeras que obtengan utilidades en Cuba.
Impuestos sobre transporte terrestre / Del 8 de enero al 30 de septiembre.
Las Personas Naturales y Jurídicas cubanas o extranjeras, propietarias de vehículos de motor o tracción animal.
Aportes de Ingresos No tributarios / Del 8 enero al 30 de mayo.
Las Personas Jurídicas cubanas y extranjeras que obtengan utilidades en Cuba.
Impuestos sobre la Propiedad o Posesión de Embarcaciones / Del 8 de enero al 30 de septiembre.
Las Personas Naturales y Jurídicas cubanas o extranjeras, propietarias o poseedoras de embarcaciones.
Esta campaña tiene características diferentes a la del año anterior y ello obedece a que los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, también tendrán que liquidar el Impuesto sobre Ingresos Personales mediante la presentación de la declaración jurada, por los ingresos obtenidos en el año 2018. Estas figuras en años anteriores fueron exoneradas de la presentación de la declaración jurada, solo aportaban el el 5 % sobre la venta de productos agropecuarios que realizan a entidades acopiadoras mediante el procedimiento de retención y contianuarán realizando esta aporte también.
Otra novedad de esta campaña está relacionada con que los artistas, comunicadores sociales y diseñadores ya no podrán optar por la bonificación de hasta un 30 % de los ingresos anuales obtenidos a la que tenían derecho, cuando se demostraba un incremento real de la carga financiera.
Bonificaciones:
• Para este año se mantiene la bonificación de un 5% para los contribuyentes que declaren y paguen antes del 28 de febrero y la bonificación de un 20% de la cantidad a pagar por el Impuesto sobre el Transporte Terrestre para los contribuyentes que declaren y paguen antes de la misma fecha.
Facilidades para la presentación de la DJ y para su pago
1. Para esta campaña se mantiene la posibilidad de presentar o introducir la declaración jurada en el buzón habilitado a tales efectos en cada oficina municipal, lo cual evita la aglomeración de personal en nuestras oficinas y la espera de los contribuyentes.
2. Otra facilidad que se mantiene consiste en la posibilidad de pagar los impuestos en cualquier sucursal bancaria del país, no solo en etapa de campaña sino en cualquier período del año y en campaña también se puede depositar la declaración jurada en el buzón de la ONAT que le quede más cercana al contribuyente.
3. La posibilidad que tienen los contribuyentes de enviar la declaración jurada a través del correo certificado, sin que tengan que personarse en nuestras oficinas.
4. La posibilidad de efectuar el pago mediante Banca Telefónica de todas las obligaciones tributarias, incluyendo el impuesto que resulte a pagar en la declaración jurada, también mediante el cajero automático.
5. Otra facilidad que ofrece la ONAT, consiste en los sistemas informáticos que se proporcionan a los contribuyentes para el cálculo del tributo, como la Declaración Jurada-08 y la 12, esta última para el sector agropecuario, para la determinación del Impuesto a pagar por concepto de Ingresos Personales.
Le informamos que esta declaración en Excel el contribuyente la puede obtener a través del correo electrónico que tenemos en nuestra oficina: consultas@lha.onat.gob.cu igualmente la pueden descargar de la página web de la ONAT, www.onat.gob.cu.
Por redacción Digital
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