Licencia para la vida
Granma vuelve, a partir de inquietudes de los lectores, sobre el plan de medidas aprobadas por la Comisión Nacional de Seguridad Vial encaminadas a reducir los niveles de accidentalidad que presenta el país.
El pasado 30 de diciembre, Granma informó sobre el plan de medidas aprobadas por la Comisión Nacional de Seguridad Vial encaminadas a reducir los niveles de accidentalidad que presenta el país, que incluyen la aplicación con mayor severidad de un grupo de acciones recogidas en la Ley 109 Código de Seguridad Vial.
A propósito de las diversas inquietudes mostradas por los lectores, un equipo de directivos de las diferentes especialidades de la Dirección Nacional de Tránsito (DNT) volvió sobre las nuevas disposiciones legales aplicadas a partir del pasado 1ro. de enero.
NÚMEROS DOLOROSOS
Aun cuando los accidentes registran una ligera disminución, los fallecidos y lesionados aumentan casi a la par que las conductas irresponsables de algunos conductores y peatones en las diferentes vías del país.
Así lo argumenta el teniente coronel Roberto Rodríguez Fernández, segundo jefe de la DNT, quien apunta que durante el 2014 se contabilizaron 11 294 accidentes de tránsito, con 746 fallecidos y 8 831 lesionados.
“Estas cifras, comparadas con el 2013, representan una disminución de 391 accidentes, pero el impacto es más dramático si tenemos en cuenta que hay un crecimiento de 59 muertos y 595 lesionados”.
Para Rodríguez Fernández, hoy los resultados de los accidentes de tránsito son mucho más nefastos, pues actualmente la tasa de muertos por cada 100 000 habitantes está en 6,68, superior a la de 6,15 mostrada en el 2013, influyendo en estos registros las consecuencias derivadas de los accidentes de carácter masivo.
“Indudablemente, va en contra de las intenciones de la política de nuestro Estado en pos de alcanzar la tasa de cinco fallecidos por cada 100 000 habitantes en el 2020”.
Como explica el directivo, esta tasa —prevista como objetivo estratégico del plan nacional de seguridad vial— será el resultado de las acciones coordinadas en el Decenio de Acción por la Seguridad Vial 2011-2020, ante el llamado de las Naciones Unidas para contrarrestar este flagelo.
En tal sentido, las medidas apuntan hacia la advertencia a las distracciones. “Aquí nos estamos refiriendo a la primera causa de accidentes en Cuba, pues de cada tres accidentes, uno responde a esta causa.
“Cuando hablamos de distracción no solamente nos referimos a no observar hacia adelante en el escenario en que se esté desplazando el peatón o el conductor, sino que hablamos de conductas irresponsables de conductores como manejar con una sola mano, tendencia puesta de moda en muchos porteadores privados al ocupar la otra con el dinero recaudado; utilizar los teléfonos celulares, la música alta durante la conducción, el uso de audífonos y medios audiovisuales en los vehículos (DVD, equipos de televisión) cuando realmente estos deben ser instalados a partir del asiento del conductor hacia atrás para el disfrute de los pasajeros”.
Rodríguez Fernández explica que otra problemática focalizada es el exceso de velocidad, para lo cual ya en el país existen los medios técnicos necesarios para su medición en los vehículos en marcha.
El especialista refiere que el estado técnico del vehículo constituye la cuarta causa de accidentes de tránsito, “tema bastante complejo si tenemos en cuenta que en el país circulan varias generaciones de vehículos, algunos de ellos hasta con 60 y 70 años de explotación”.
El teniente coronel Rodríguez Fernández planteó que como parte de las medidas para reducir la accidentalidad, se incrementará el control del estado técnico de los vehículos en la vía pública, retirándoseles las chapas de identificación y documentación cuando presenten deficiencias técnicas o no posean el certificado de la revisión técnica, o este se encuentre vencido. Asimismo, se realizarán controles sorpresivos y sistemáticos a los centros de revisión técnica.
“Las medidas, recogidas en la Ley 109 Código de Seguridad Vial, se aplicarán en los casos en que, usando el freno de servicio, no se accionen uniformemente las cuatro ruedas, cuando el freno de manos (que comúnmente se conoce como emergencia) no funcione eficientemente; en el sistema de dirección se evaluará la holgura del juego libre del timón de más de 25 grados o presente rigidez en el mismo, el sistema de dirección desajustado; y cuando el sistema hidráulico presente desperfectos”, apuntó el directivo.
También se evaluará el sistema de luces cuando no tenga las delanteras (cortas o largas, y de posición trasera, en el horario comprendido entre el anochecer y el amanecer); los neumáticos, por rotura en las cuerdas o estén lisos o deformados.
Entre los puntos que se analizarán está el mal estado de conservación (sin el confort adecuado), entiéndase estado crítico de chapistería en el cual el auto presente huecos y parches, varios colores en la pintura, o que esté emanando una cantidad de humo intenso.
El directivo manifiesta que el vehículo destinado a la transportación de pasajeros deberá tener los asientos debidamente forrados, con el objetivo de que sus muelles no se conviertan en un arma mortal en caso de accidente.
Las fuerzas que implementarán estas medidas se insertarán en un proceso de preparación técnica, junto con los inspectores de Transporte, para iniciar las primeras acciones antes de que concluya el presente mes.
REGISTRAR VEHÍCULOS, NO ACCIDENTES
Para el teniente coronel Alberto Cabrera Pérez, segundo jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos, se fortalecerán las inspecciones técnicas en los centros de Registro de Vehículos, “sobre los medios destinados al transporte de pasajeros, tanto en las personas jurídicas como naturales”.
En lo relacionado con las transformaciones estructurales que algunos propietarios acometen en el vehículo con el objetivo de aumentar la capacidad de carga o de pasajeros, Cabrera Pérez dijo que se tomarán medidas severas.
“En ocasiones se incrementan asientos, se hacen alargamientos, agregan un banco. Este es un trabajo a realizar conjuntamente con especialistas de los centros de revisión técnica, Licencia Operativa y Registro de Vehículos.
“Antes no existía correspondencia entre lo que certificaba la revisión técnica y lo que autorizaba la licencia de operación del transporte. Hoy, estas dos especialidades y Registro de Vehículos manejarán una única capacidad, determinada por el diseño original”.
El directivo apuntó que se hace actualmente un estudio para elevar la calidad de las inspecciones, sobre todo evaluando la posibilidad de adquirir tecnología que permita realizar un diagnóstico más eficiente.
LICENCIA PARA LOS RESPONSABLES
El conductor es uno de los factores importantes en la vía. La mayor responsabilidad, independientemente de las condiciones técnicas que pueda tener el vehículo, la tiene él.
Así se manifiesta la teniente coronel Elena Piñeiro Gómez, jefa del Departamento Nacional de Licencia de Conducción.
“Lo primero que consideramos fue implementar lo dispuesto en la Ley 109 Código de Seguridad Vial, que exige como requisito obligatorio, previo a la realización del examen teórico para obtener el permiso de aprendizaje, haber cursado y vencido un curso de educación vial y conducción, avalado mediante la presentación del certificado emitido por la autoridad competente”.
La directiva apunta que el aspirante a la obtención de una licencia de conducción, de cualesquiera de las categorías establecidas se somete, previamente, a exámenes médico, teórico y práctico.
“Esto se realiza al amparo del artículo 284 de este cuerpo legal. Hay conductores que obtuvieron su licencia bajo la Ley 28, otros durante la vigencia de la Ley 60, por tanto, hay que actualizar y refrescar los conocimientos”.
En el caso de los conductores que opten por las categorías C, D y E (para conducir camión, ómnibus y rastra, respectivamente) también están obligados a vencer un curso en una escuela de educación vial. Posteriormente se someterán al examen teórico, obtendrán su permiso de aprendizaje y con él podrán realizar el examen práctico en el tipo de vehículo que corresponda a la categoría a la que aspira.
Según la especialista, estas disposiciones obligan a que los conductores dominen la Ley, y en tal sentido se sientan obligados a repasarla.
A tenor de lo preceptuado en la Resolución No. 4 del Ministro del Interior, del 16 de marzo del 2011, y como parte de las medidas de mayor rigor, “comenzaremos a reexaminar a los conductores que hayan acumulado más de dos multas de mayor peligrosidad (primer grupo) o que hayan sido sancionados en un año natural en más de dos oportunidades”, explica Piñeiro Gómez.
También señaló que a los conductores de vehículos pertenecientes al sector estatal, profesionales, y de carga o pasajeros, que se les imponga la suspensión de la licencia por acumular más de dos multas por infracciones muy peligrosas, también tendrán que reexaminarse, luego de cumplir el término de suspensión que le haya sido impuesto.
Piñeiro Gómez precisó que “a los conductores que se les suspenda la licencia de conducción por conducir bajo los efectos del alcohol, también tendrán que someterse a reexámenes, una vez concluido el término de la sanción que se le haya impuesto, que en todos los casos oscilará entre seis meses y un año”.
Por conducir bajo los efectos del alcohol se notificaron 3 977 conductores. En los más de 150 puntos de control de alcoholemia instalados en el país, las fuerzas del orden público aplicaron 38 182 pruebas, fundamentalmente en la etapa veraniega y de fin de año.
Al cierre del año 2014, habían sido instruidos en el país 115 conductores por conducir en estado de embriaguez.
Estas son algunas de las acciones que acometerán las fuerzas del sistema de Policía en su noble propósito de prevenir los accidentes del tránsito y sus consecuencias.
Ahora queda preguntarse ¿qué acciones realizarán las administraciones?, ¿cuáles serán las medidas a adoptar por los organismos y entidades?, ¿qué corresponderá hacer a las familias?, ¿qué podemos hacer cada uno de nosotros para darle vía a la vida?. Por Ramadán Arcos
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